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Hace más de medio siglo que la ética de las virtudes ha regresado al debate académico. La filósofa Elisabeth Anscombe, titular de la cátedra de filosofía de la Universidad de Cambridge (1970-1989), declaraba en un influyente artículo de 1958 que las teorías morales contemporáneas estaban desligadas de la realidad del actuar del ser humano.[i] Fue entonces como si se disparase el pistoletazo de salida en la carrera para recuperar la teoría aristotélica de las virtudes e incorporar el estudio de las virtudes humanas en numerosas disciplinas científicas. Podría decirse que el libro de Jan Klabbers, Virtue in Global Governance. Judgment and Discretion (Virtud en la Gobernanza Global. Juicio y Prudencia) es el último en hacerlo así, y el primero en posicionarse desde el derecho internacional, una disciplina marcada por el énfasis positivista de los internacionalistas del siglo XX.

Virtue in Global Governance.
Jan Klabbers.
Cambridge University Press, 2022
320 págs.

El libro comienza con el conocido principio de Emmanuel Kant, que establece que reglas y normas siempre necesitan de un ser humano que las aplique. Entre otras cosas, esta idea ha servido de arma afilada en manos de los teóricos críticos legales –los critical legal scholars – en su ataque a la neutralidad de la ley positiva internacional. La ley, afirman, siempre es a la vez ejercicio de la política. Klabbers convierte este principio en una oportunidad para presentarnos una ética de la responsabilidad de los líderes de la gobernanza global. El autor reconoce que vivimos en un mundo de reglas, normas y leyes, y que de ninguna manera podemos prescindir de ellas, si bien matiza que la sociedad civil no se puede sostener solo con reglas. Así, Klabbers plantea si los encargados de aplicar leyes y normas en instituciones internacionales (como el Tribunal Penal International o la ONU), y otros, como los mediadores internacionales, presidentes de gobierno, escritores, etc., deberían tener ciertos rasgos virtuosos en su carácter; y si es así, cuáles serían esos rasgos. (p. 9)

LAS VIRTUDES DEL LÍDER INTERNACIONAL

Virtue in Global Governance trata primero de cuestiones preliminares fundamentales que no se han de dar por supuestas, como el papel de los individuos en tanto que actores del derecho internacional, el marco y jurisdicción de la gobernanza global y la relación entre la ley y las virtudes. Además, en la primera parte del libro se introduce una abundante literatura sobre la ética de las virtudes. El autor contrapone con destreza la moralidad de virtudes a la deontología y al consecuencialismo ético. Y señala que las virtudes más propias del líder internacional son la valentía, la veracidad y honestidad, la justicia, y la prudencia entendida en sentido clásico aristotélico como phronesis.

Klabbers trata con cierta extensión el tema de la unidad de las virtudes. Difícilmente alguien injusto será laborioso y, por otro lado, lo más probable es que alguien magnánimo tenga también gran capacidad de servicio

La segunda parte relata historias de individuos concretos, en su mayoría diplomáticos, dirigentes políticos, jueces y miembros de organizaciones internacionales, que en períodos más o menos recientes han demostrado que poseían, (o no) el carácter esperable en alguien de su posición. Entre otros muchos, Klabbers analiza el papel que el actual director general de la Organización Mundial de la Salud (OMS), Tedros Adhanom Ghebreyesus ha desempeñado durante la pandemia COVID-19. Ghebreyesus pasa el test del líder virtuoso, aunque sin nota máxima.

El libro, por tanto, da más importancia a la virtud en cuanto que se relaciona con funciones concretas necesarias para desempeñar un cargo de liderazgo específico, que a la virtud como una habilidad del ser humano en general. Así, del secretario general de Naciones Unidas se puede esperar que sea un hábil diplomático, pero también un valiente, para mantenerse firme cuando se dan presiones injustas de países poderosos o con políticas recalcitrantes.

Como bien se sabe, no hay dos situaciones idénticas, y por más que se produzcan normas y leyes de gran calidad –una meta a la que Klabbers por supuesto anima– los jueces y otros líderes internacionales siempre acabarán teniendo un gran espacio de decisión y discreción. Negar esto es refugiarse en un positivismo jurídico decimonónico y eludir preguntas incómodas, pero importantes, como la de qué podemos esperar en términos de virtud y responsabilidad de los funcionarios públicos y de líderes políticos con una jurisdicción global. (p. 52)

CONDUCTA PÚBLICA, CONDUCTA PRIVADA

Klabbers trata con cierta extensión la unidad de las virtudes. Difícilmente alguien injusto será laborioso y, por otro lado, lo más probable es que alguien magnánimo tenga también gran capacidad de servicio. Pero el autor sostiene que su teoría de integrar las virtudes en la gobernanza global no tiene por qué tener este requisito aristotélico. En su opinión, para determinar si una persona es apta para un cargo determinado o si ha incumplido con sus responsabilidades, bastaría con evaluar su carrera pública; y argumenta que es imposible saber lo que pasa en la vida privada de una persona. Si bien admite, al final de su análisis, que tampoco debería dejarse de valorar este aspecto, como pone de manifiesto, entre otros casos, el escándalo sexual en que se vio envuelto Dominique Strauss-Kahn, que provocó su dimisión como presidente del FMI y su renuncia a concurrir a las elecciones presidenciales de Francia.

Para determinar si una persona es apta para un cargo determinado, bastaría con evaluar su carrera pública; y argumenta el autor que es imposible saber lo que pasa en la vida privada de una persona

El autor descarta la opción de crear códigos éticos como única solución para garantizar la responsabilidad de líderes internacionales, teniendo en cuenta la complicada relación entre ley y virtud, como señala J.G.A. Pocock, historiador del constitucionalismo británico; una relación que no puede describirse simplemente con una ecuación del estilo de que “lo que es legal es virtuoso y lo que es virtuoso debe ser legal”. El autor se pregunta si la ley debería promover el comportamiento ético, y para ello explora, entre otros el importante trabajo del jurista Lawrence Solum. En la situación de Kulturkampf en que nos movemos esta es una pregunta muy compleja. Y en cierto sentido la respuesta que da se adecúa sin estridencias al liberalismo imperante, defendiendo que debemos resistir la tentación de hacer que la ley refleje nuestra particular concepción de lo que las virtudes pueden exigir en la vida diaria. (p. 128).

Sin embargo es elogiable la constante búsqueda de equilibrio en este ensayo: al retomar la cuestión desde el punto de vista de la educación concluye Klabbers que es necesario formar a los niños y jóvenes en la ‘buena vida’ y en el deseo de un compromiso activo de promoción del bien común, y el respeto a los demás ciudadanos. Con palabras de David M. Carr, añade que en la educación ‘simplemente no existen aptitudes alternativas (a la virtud) que puedan inculcarse.’ (pp. 259-260)

Quizá la única afirmación extravagante que se lee en Virtue in Global Governance es que “el cristianismo produjo una especie de hiato en el pensamiento sobre la ética personal y la moral social.” (p. 72) Siendo Aristóteles y Santo Tomás de Aquino (uno de sus comentadores más prestigiosos), los teóricos más importantes de la historia de la ética de la virtud, esa afirmación puede quizá considerarse como una decisión secularista de mantenerse, por así decirlo, en el campo meramente aristotélico. Klabbers es un excelente contador de historias, aunque es difícil negar que éstas contienen también, en parte, la opinión e inclinación personal del autor –veáse por ejemplo la discusión sobre el silencio de Albert Camus durante la Guerra de Independencia de Argelia en el noveno capítulo–. Es ahí precisamente donde se aprecia cuán escurridizo es el juicio adecuado de los demás sobre el carácter de una persona, ante una situación que nunca se ha dado y nunca se repetirá y de la que solo un ser humano concreto poseyó una visión relativamente completa; o alternativamente, que el método deviene excesivamente complejo cuando en ocasiones un juicio posterior legítimo requiere una investigación demasiado exhaustiva de los hechos. Quizá es este aspecto de su proyecto el que necesitará en más desarrollo en el futuro.

UN LIBRO FECUNDO

No obstante, la realidad de que la acción virtuosa es irrepetible, más que disminuir, aumenta la fuerza de la tesis de Klabbers de que ha llegado el momento de la virtud a los debates sobre la gobernanza global.  En efecto, en su aspecto teórico Virtue in Global Governance es un libro fecundo, de abundante pensamiento cuyo fuerte es la creatividad. El autor exhibe un manejo erudito de un número impresionante de obras antiguas y recientes sobre la ética de la virtud. Lo cual será de valiosa ayuda para introducir a juristas y estudiosos de las relaciones internacionales en la literatura y debates actuales en torno a la virtud humana.

En definitiva, Klabbers ha escrito un texto que internacionalistas y politólogos encontrarán intrigante y provocador, y que si tenemos suerte hará temblar el suelo de sus disciplinas

Con este ensayo, Klabbers se aventura en un nuevo pensamiento internacional, post-positivista y post-realista que busca integrar la moralidad y el derecho –y de entre el puñado de autores con intentos similares recientes vienen a la mente Rafael Domingo, The New Global Law (CUP, 2010) y Steven R. Ratner, The Thin Justice of International Law: A Moral Reckoning of the Law of Nations (OUP, 2015) –. En definitiva, un texto que internacionalistas y politólogos encontrarán intrigante y provocador, y que si tenemos suerte hará temblar el suelo de sus disciplinas.

[i] Elizabeth Anscombe, “Modern Moral Philosophy” (1958) 33 Philosophy, 1–16.

Profesora adjunta en la Facultad de Leyes del «Helsinki Institute of Sustainability Science».