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orduna.jpgEsta obra reafirmando la esencia, origen y evolución de la Nación española aparece en un momento muy oportuno, cuando se ha presentado el concepto Nación como una entidad cuestionada y cuestionable. Aunque originariamente la redacción del libro tiene antecedentes previos a tal dislate, la conclusión de los últimos capítulos se ha realizado coincidiendo estas opiniones, cuyo criterio generosamente, hemos de considerar como fruto de la improvisación, el desconocimiento y un voluntarismo digno de mejor causa.

Pero entremos en la consideración del libro, dotado de un brillante prólogo del ilustre administrativista Santiago Muñoz Machado, que además de entrar en los contenidos, reitera su postura intelectual sobre la existencia de la Nación y el Estado. El contenido de este libro es un jalón más, de ahí la palabra contenida en el título, de los historia de la Nación, el territorio y el Estado referidos a España. No es Enrique Orduña un autor novel en estos campos, prácticamente desde hace veinticinco años se ha dedicado a estudiar la evolución de la organización territorial del Estado en España, en ocasiones con otros autores y la mayoría de las veces en solitario, como podemos comprobar, su bibliografía sobre estos temas alcanza casi el centenar de títulos, entre libros, artículos, ponencias, etc. Desde un temprano El regionalismo en Castilla y León (1985) hasta la obra que hoy comentamos.

En el interregno, su atención se fijó especialmente en el escalón más bajo de esta organización territorial española: el municipio y su historia, sobre el que ha realizado algunas obras con lideradas claves para el estudio doctrinal de las entidades locales, este es el caso de Democracia directa Municipal. Concejos y Cabildos Abiertos (1994), Intendentes e Intendencias (1998), Municipios y Provincias (2003) o Historia del Municipalismo Español (2005). Probablemente porque el tema local se agotó en la práctica con tales aportaciones, consideró la oportunidad de volver a estudiar los escalones superiores de la organización territorial, nunca abandonados, pero pospuestos una y otra vez ante objetivos más inmediatos. El caso es que, como afirma el autor en su introducción, el armazón de los primeros capítulos se formó en los últimos años del siglo XX.

El núcleo central responde al título de la Nación española y la existencia desde la edad media de Hispania, un concepto como dice Muñoz Machado en su prólogo, fe-lizmente recuperado por san Isidoro de Sevilla, cuando entre el 619 y 624 escribió su Historia Gothorum Vandolorum Suevorum con una emocionada Laus Spaniae que la antecede. Esta realidad fue enfatizada por cronistas y reyes que lamentaban la pérdida de la España en 711, tratada de reconstruir a lo largo de toda la Edad Media, materializada en la España cristiana, aglutinada en los cinco reinos y que a fines del siglo XV coincidieron en el marco de la Monarquía Hispana.

No estamos ante una Historia de España al uso ni tampoco de un manual didáctico; el autor, a partir del armazón histórico, lo interpreta desde la perspectiva de la Nación como figura espacial de toda la obra. Dedica los dos primeros capítulos a la diversidad del concepto de Hispania desde sus orígenes: romanos, visigodos, la ruina y destrucción del 711, el largo y lento camino de la reconstrucción, con el origen de los cinco reinos, la crisis del califato, los reinos de taifas, y desde las Navas de Tolosa en 1212 los sucesivos procesos de unidad territorial, en los que se perfilaban los antecedentes medievales de la Nación española.

Los capítulos tercero y cuarto reflexionan sobre la creación, la grandeza y la crisis de la Monarquía Hispana. Para entonces el concepto de Nación, referido a dicha figura política, era algo más que una simple entelequia. Fueron manifiestas las aportaciones culturales del Renacimiento a la idea de España, soportadas por una lengua, dotada de fuerza esplendorosa, cuya expansión y desarrollo no se ha detenido, hasta constituirse en el siglo XXI en el segundo idioma hablado en el mundo después del inglés.

Simultáneamente se consolidó un territorio, que saltando de los límites peninsulares e insulares adyacentes se extendía por Europa, América, África, Asia y Oceanía, incluso entre 1580 y 1640 Portugal y sus colonias se integraron en la Monarquía Hispana. Fueron también los años de Olivares y del fracaso de su modelo centralista. El concepto de Nación pasó de las crónicas a la literatura y fue asimilado por los pensadores, juristas y literatos de los siglos XVI y XVII, perfilando en los conceptos de Nación y Patria en la España del Renacimiento y Barroco una síntesis de las figuras de Vitoria, Mariana, Furio Ceriol, Quevedo, Calderón, Gracián, Saavedra Fajardo, Mártir Rizo, etc., y su forma de entender un concepto aún situado en el estadio filosófico.

El cambio de dinastía en los albores del siglo XVIII supuso el acceso de los Borbones a la corona de España, la configuración del Estado español emergente y sobre todo la consolidación de la Nación como un ente que superó los contenidos literarios para entrar en los políticos y sociales. Las consecuencias inmediatas de la guerra fueron la unidad jurisdiccional, las consiguientes derogaciones forales y el cambio constitucional. Pero además se produce la consolidación territorial de la Nación española, como desarrolla el autor en seis capítulos correspondientes a los cuatro Borbones que reinaron durante los cien años siguientes.

La Ilustración y el reformismo son los dos pilares sobre los que se asienta todo el proceso de reconstrucción política, por lo que en los capítulos noveno y décimo ya se habla de la consolidación de la Nación española, primero planteada por los juristas, seguido de una nueva interpretación de la historia y la aparición de una incipiente Cultura Nacional, Biblioteca Nacional, Reales Academias, etc., sin faltar una referencia a las Sociedades Económicas de Amigos del País, incluyendo una reflexión sobre las aportaciones histórico-políticas del momento actual al concepto de Nación en el siglo XVIII, reiterando la importancia de este acervo bibliográfico.

La Nación española era un término de uso habitual por los altos funcionarios ilustrados del momento desde Ensenada a Jovellanos y muy especialmente los fiscales del Consejo de Castilla, Campomanes y Floridablanca, que reiteran en todos los documentos políticos y económicos surgidos de su pluma o en los que inspiraban en su acción de gobierno. Patria y Nación son utilizadas alternativamente en una terminología no sólo aceptada, sino utilizada por toda la población española del siglo XVIII.

En el capítulo décimo, describe la generalización del concepto Nación en el pensamiento político e intelectual del momento, pues no solo en los ámbitos culturales, sino en los mencionados administrativos e incluso en los políticos, era utilizado habitualmente, tanto para analizar las causas de la decadencia como en la introducción de mecanismos correctores de las deficiencias. Para esta empresa menciona la actuación de Macanaz y Campillo, el padre Feijoo, Mayans, Nipho, Miguel Antonio de la Gándara, Cadalso, Forner, León del Arroyal y Jovellanos. Evidentemente, la Nación era un principio recurrente ampliamente difundido en la sociedad española, mucho antes de que se formulase por los revolucionarios franceses de 1789, por lo que cierra el capítulo con una referencia al concepto de Nación formulado por Sieyés en 1789.

En mayo de 1808, la resistencia del pueblo español frente a las ambiciones napoleónicas, hizo posible el hecho material de la Nación en armas, como se definió entonces y ahora. Fue también la hora de actualizar la sociedad y la política española, de introducir la renovación y los cambios que demandaba esa sociedad desde el siglo XVII. El momento era oportuno y de vital necesidad, pues la crisis de las instituciones del Antiguo Régimen en 1808 las había hecho inservibles, a lo que se unió la ausencia de un poder legítimo después de las renuncias de Bayona, de-tentado en aquel momento por José Bonaparte y soportado por las bayonetas francesas, episodios a los que se refiere el autor, en el capítulo duodécimo, así como a la Constitución de Bayona y la división de los intelectuales y políticos españoles en afrancesados y patriotas.

En aquellas circunstancias de desamparo y quiebra institucional la soberanía fue asumida por la Nación, a través de sus mecanismos de actuación, primero las Juntas provinciales, central y la Regencia, con la convocatoria de unas Cortes consagradas como depositaria de la soberanía del pueblo español y que a lo largo de dos años redactaron la Constitución promulgada el 19 de marzo de 1808. Ampliamente conocidas las vicisitudes de la convocatoria, para lo que cita la obra clásica de Suárez Verdaguer y sus discípulos hasta la reciente de Artola y Flaquer, así como la redacción del texto por la Comisión de Constitución y por las Cortes, que no olvidemos coincidían con el ejercicio de las funciones gubernamentales cotidianas de la Es-paña libre del ejército francés. Todo el conjunto es tratado en este libro desde la perspectiva de la Nación, considerada como el eje principal de la Nueva Ley Fundamental.

Es categórica la esencia constitucional del principio Nación, que en 1812 pasa de ser un estadio cultural, social y administrativo a adquirir la fuerza garantista de la Constitución, así veremos que en el capítulo primero dedicado a «La Nación Española», ya no hay ninguna duda sobre su existencia y realidad institucional, corroborada en los cuatro primeros artículos del texto: «La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios» (1.º), «La Nación española es libre e independiente y no ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona» (2.º), «La soberanía reside esencialmente en la Nación y por lo mismo le pertenece exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales» (3.º), «La Nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen» (4.º).

Sí este capítulo primero no fuese lo suficientemente categórico, dice el autor que, hasta en veinte ocasiones aparece en el texto Constitucional la Nación como sujeto primordial del artículo correspondiente, más de la mitad en los primeros Títulos. En la mayoría de los casos resultan significativos los debates que suscitaron su redacción definitiva, como en el último párrafo del artículo 3.º sobre la facultad de la Nación para establecer sus leyes fundamentales, discusión en la que participaron, en contra, el obispo de Calahorra, y a favor, los diputados Aner y Muñoz Torrero. Otros artículos no fueron objeto de debates tan intensos, pero en general la mayoría de las intervenciones definían a la Nación como «el conjunto de todos los españoles».

A propósito de los cambios institucionales introducidos los considera el autor como definitivos, pues suponían la ruptura con el Antiguo Régimen y la soberanía nacional era la piedra claves sobre la que se sostenía todo el sistema constitucional de 1812, junto a ella el principio de la división de poderes y el artículo 14.º que definió el gobierno de la Nación española como «una Monarquía templada hereditaria». La organización de los tres poderes, ejecutivo, legislativo y judicial marcaron la pauta del contenido constitucional, para entrar a definir los derechos y libertades del individuo, el sistema electoral, la Corona, Ayuntamientos y Diputaciones, el tratamiento de la Hacienda, la reorganización del ejército y la instrucción pública.

Existe un aspecto que el autor no podía obviar, y es el del artículo 12.º, objeto de importantes debates, referente a la Religión de la Nación española que «es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera». Pero no fue sólo el reconocimiento y una tajante exclusión de la observancia de cualquier otra religión, sino que a lo largo del articulado están presentes los principios de la religión católica y su culto. En este sentido, recuerda Enrique Orduña, las múltiples imputaciones de irreligiosidad atribuidas a la Constitución de 1812 y a la generalidad de sus redactores, a lo largo de los años por sectores políticos y sociales arcaicos, nada más lejos de la realidad, no solo por la numerosa presencia de eclesiásticos entre los diputados doceañistas, sino por una revisión de los contenidos y referencias religiosas que se prodigan a lo largo del texto, comen-zando con el preámbulo en el que se invoca el nombre de «Dios Todopoderoso, Padre, Hijo y Espíritu Santo, autor y supremo legislador de la sociedad», principios que se reiteran en la mayoría de los textos Fundamentales del siglo XIX.

El último capítulo está dedicado al análisis del concepto Nación después de la Constitución de 1812, después de superar el estadio histórico-teórico para entrar en el institucional del mayor rango, no superado por otro, ni por la forma de Estado o su organización y configura una situación que se mantuvo con diversa asiduidad en los textos fundamentales que estuvieron en vigor hasta 1978. Estos planteamientos los define como la Nación en la Historia Constitucional española y la consolidación del Estado liberal. Por tanto analiza la presencia de la Nación en el Estatuto Real, la Constitución de 1837, la moderada de 1845, la no promulgada de 1856, la de 1869, la inédita de 1873, la de 1876, la republicana de 1931 y finalmente la de 1978.

Es necesario hacer una previsión sobre la omisión de esta cuestión central en la Constitución de 1931, que rompió por partida doble dos tradiciones, la liberal española al no emplear el concepto soberanía nacional, consagrada en nuestro Derecho constitucional y al no incluir en el preámbulo la palabra Nación se quebraba la tradición constitucional española, incluidos los textos doctrinarios en los que se afirmó siempre que España es una Nación.

La doble omisión fue objeto de un importante debate protagonizado por los diputados Royo Villanova e Iglesias, que se opusieron con argumentos históricos, jurídicos y políticos a tal olvido, sobre el que pesaba la sospecha de influencias periféricas. Recoge Orduña las críticas aporta-ciones doctrinales de los dos juristas más cualificados del momento: don Adolfo Posada y don Nicolás Pérez Serrano, incluyendo la opinión de don Ramón Menéndez Pidal, que consideró aquella supresión lastimosa «el desmoronamiento de la Nación española que se tambalea para convertirse en simple Estado».

Estas ausencias se han corregido en la Constitución Española de 1978, que declara expresamente en el artículo primero, que la «soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado», y el artículo segundo reconoce que «La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas».

Aunque el término Nación fue cuestionado por alguna fuerza política minoritaria, el verdadero debate se centró sobre el alcance de la palabra nacionalidades, referida a las regiones que reuniesen diversas particularidades históricas, lingüísticas o culturales. El autor describe esquemáticamente las discusiones y la tramitación parlamentaria de esta cuestión, de la que sin duda se han deducido conflictos no deseados ni previstos por los constituyentes, y entiende que nos encontramos con algo más que una cuestión semántica y advierte de los riesgos que conlleva a medio plazo la posibilidad de que cualquier territorio que se denomine nación, incluida en otra nación principal, trate a medio plazo de obtener la independencia de la superior, «con todas las consecuencias negativas que supondría un presunto e indeseado hecho de tal naturaleza».

Critica el uso abusivo y permanente de la denominación Estado español, para referirse a España o a la Nación española, que aparece accidentalmente en la Constitución de 1931, pero adquirió su carácter prioritario, repetido hasta la saciedad, durante el franquismo, a partir del decreto de octubre de 1936 que nombró a Franco Jefe del Gobierno del Estado Español, incluso afirma que fue en dicho periodo cuando se vacío y sustituyó el concepto Nación por el de Estado. Lo que constituye una paradoja, pues los sectores políticos que usan el término, para obviar la palabra España recurren a un concepto del pasado autoritario.

En una titulada Reflexión final, después de referirse a España como Nación y a la Nación y el imperio de la lengua, considera la perspectiva historiográfica de España como nación de naciones, concepto formulado hace tiempo por Cambó, y recuperado en los últimos años al aliento de unos planteamientos políticos confusos, que han definido a la Nación como algo discutido y discutible. Por sus amplios trabajos, nuestro autor, inmediatamente ha identificado a los ideólogos y su influencia en quien ha alentado, probablemente sin medir las consecuencias a causa de un desconocimiento global de la materia y un voluntarismo, digno de mejor causa, la procedencia inmediata de tales afirmaciones y postulados. Los mentores de tales planteamientos son los ingenieros segovianos, avecindados en León, Luís Carretero Nieva y su hijo Anselmo Carretero Jiménez, socialistas históricos, fallecidos el primero a mediados del siglo XX y el hijo recientemente; su obra extensa, reiterativa, carente de rigor histórico e intelectual es fustigada por Orduña, que desmonta sus argumentos, la mayoría poco serios y sus conclusiones, a veces preocupantes cuando faltas de realidad.

Concluye su reflexión con amplias consideraciones a los debates doctrinales sobre la cuestión, mantenidos por juristas e historiadores de prestigio como Herrero de Miñón, Ramón Parada, Cuenca Toribio. Es preciso recordar a estos efectos la opinión de don Antonio Fontán, recogida por Enrique Orduña, con su afirmación de que «una nación dentro de otra es un despropósito, porque las naciones no se inventan, sino que están formadas por la historia y la realidad y las que reciben el nombre de Nación, corresponden a los actuales Estados que desde el siglo XV y XVI estaban configurados como Reinos».

Hemos de indicar que la obra contiene un impresionante aparato crítico y bibliográfico, complementado con un índice de nombres propios. Encuadernado con tapa dura y una sugestiva cubierta, en definitiva, nos encontramos ante un libro riguroso que ha conseguido el propósito de situar a la Nación española en su marco histórico y la evolución a lo largo de los años, sus jalones históricos, como hace constar en el título.

Probablemente la polémica y las críticas a sus planteamientos estén servidas, pero tales reacciones no hacen sino ensalzar su contenido y despertar el interés por la figura de la Nación. La oportunidad de su publicación no puede ignorarse en un momento que se abre un evidente proceso de reconstrucción de España y rearme moral de la Nación española, por tanto recomendamos su lectura y consulta, que no tiene un ápice de desperdicio.

Doctor en Filología Clásica por la Universidad Complutense. Profesor Titular de Universidad. Autor de "Latín Lovers" y "Calamares a la romana", ambos publicados por Espasa-Calpe.