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Friedrich A. Hayek (Viena, 1899-Friburgo, 1992), premio Nobel de Economía en 1974, profesor de la London School of Economics (1931), de la Universidad de Chicago (1950) y de la Universidad de Friburgo (Alemania) (1962). Su influencia en Economía y en Filosofía social es enorme. Entre sus obras, destacan Precios y producción; Camino de servidumbre; Derecho, legislación y libertad; La fatal arrogancia y Los fundamentos de la libertad.


Friedrich A. Hayek: Derecho, legislación y libertad. Unión Editorial, 2014.

 

Avance

Para Friedrich A. Hayek, el orden que se forma por evolución, es decir, el que se autogenera, el endógeno, es un orden espontáneo (p. 60). También lo llama kosmos. «Su grado de complejidad no está limitado a lo que una mente humana pueda dominar. Su existencia no necesita manifestarse a nuestros sentidos, sino que puede basarse simplemente en relaciones abstractas que nosotros solo podemos reconstruir mentalmente» (p. 62). Las reglas que determinan un orden espontáneo «difieren en importantes aspectos de ese otro tipo de normas que se precisan para regular una organización o taxis» (p. 66).

Los griegos clásicos disponían de términos diferentes para designar estos dos tipos de orden: «taxis para el orden creado, como por ejemplo un orden de batalla, y kosmos para el orden formado por evolución, que originariamente significaba “un orden justo dentro de un estado o de una comunidad”» (p. 60).

Una vez establecida la distinción entre kosmos y taxis, Hayek entra en el problema de la ley.


Artículo

Si bien podemos tratar de perfeccionar un orden espontáneo revisando las reglas generales en que se basa, y se pueden integrar sus resultados mediante la labor de varias organizaciones, no es posible perfeccionar sus resultados mediante mandatos específicos que priven a sus miembros de la posibilidad de usar su conocimiento para sus propios fines» (p. 74).

Estas dos clases de reglas [las generales y los mandatos específicos, dentro del orden espontáneo o kosmos], «han suministrado el modelo de dos concepciones de la ley totalmente distintas», lo que «ha dado origen a que autores que emplean el mismo término de “ley” en realidad estén hablando de cosas diferentes. Esto se manifiesta palmariamente en el contraste que observamos a lo largo de la historia entre aquellos para los que ley y libertad son inseparables y aquellos para los que ambas cosas son irreconciliables» (p. 74). «Este aparente conflicto entre las corrientes de grandes pensadores no significa que llegaran a conclusiones opuestas, sino simplemente que empleaban el término “ley” en sentidos diferentes» (p. 75). 

A) Partidarios de que ley y libertad son inseparables

Aquí se observa una gran tradición que va «desde la antigua Grecia y Cicerón, a través de la Edad Media, hasta los liberales clásicos tales como John Locke, David Hume, Immanuel Kant y los moralistas escoceses, e incluye a varios estadistas americanos de los siglos XIX y XX, para los que ley y libertad no pueden existir separadamente» (pp. 74-5).

Sobre el concepto de «ley» en la Edad Media, Hayek cita a R. W. Southem (The Making of the Middle Ages, New Haven, 1953, pp. 107 y ss.). Dice Southem: «El odio a cuanto no dependía de la norma sino de la voluntad adquirió gran importancia en la Edad Media… Cuanto más se aproximaba el ciudadano a la libertad, en mayor medida podía ampararse en el derecho y menos sujeto se encontraba a la voluntad… El derecho no era el enemigo de la libertad. La libertad fue, por el contrario, fruto de la asombrosa variedad de leyes que poco a poco fueron surgiendo durante este periodo… A cualquier nivel, el ciudadano se acercaba a la libertad acrecentando el número de normas a las que estaba sujeto… Solo cuando la libertad quedó articulada al quedar adscrita a los estados de caballero, burgués o noble, pudo ser observada, analizada y medida… La libertad es creación del derecho y el derecho es la razón en acción. Es la razón la que asigna su condición al ser humano. La tiranía, sea del rey Juan o del Demonio, es consecuencia de la ausencia de ley» (pp. 74-75, nota a pie de página número 13).

El punto de vista de los liberales clásicos lo sintetiza Hayek recurriendo a Adam Ferguson en Principies of Moral and Political Science (Edimburgo, 1792, vol. 2, pp. 258 y ss.): «La libertad no es, como pudiera parecer teniendo en cuenta el origen del término, la total ausencia de freno, sino, por el contrario, la aplicación efectiva de adecuadas limitaciones al comportamiento de todos los miembros integrados en un Estado libre, trátese de magistrados o de meros ciudadanos». «Solo al amparo de adecuadas restricciones está la persona segura y a cubierto de agresión contra su libertad, hacienda o lícito comportamiento. El establecimiento de un gobierno justo y eficaz es, entre todas las realidades de la sociedad civil, la más esencial para la libertad; porque solo cabe en justicia decir que alguien es libre si el gobierno es lo bastante fuerte como para protegerlo. Deberá, sin embargo, al propio tiempo, hallarse tan sometido a restricciones como sea oportuno para que no pueda abusar de su poder» (p. 75, nota a pie de página número 14).

La opinión de varios estadistas estadounidenses la documenta Hayek del siguiente modo: «Se atribuye a Daniel Webster la afirmación según la cual “la libertad es hija del derecho y difiere esencialmente de la licencia, fenómeno que la conculca»; y a Charles Evans Hughes, aquella otra según la cual “libertad y derecho forman una unidad inseparable”. Expresiones similares abundan entre los pensadores europeos del siglo pasado, cual sucede con Charles Beaudant, Le droit individual et l’état(París, 1981, p. 5): “Le droit, au sens le plus general du mot, est la science de la liberté» [el derecho, en el sentido más amplio de la palabra, es la ciencia de la libertad]; y Karl Binding, quien en alguna de sus obras afirma que “das Recht ist eine Ordnung menschlicher Freiheit” [el derecho es un orden de la libertad humana]» (p. 75, nota a pie de página número 75). 

B) Partidarios de que ley y libertad son irreconciliables

Para Thomas Hobbes, Jeremy Bentham, muchos pensadores franceses y los modernos representantes del positivismo jurídico, «la ley significa necesariamente una usurpación de la libertad» (p. 75). 

La opinión de Thomas Hobbes, Jeremy Bentham la documenta Hayek de este modo: «J. Bentham (“Principies of the Civil Code”, en Theory of Legislation, edición de C.K. Ogden, Londres, 1931, p. 98): “Las leyes solo pueden ser establecidas a expensas de la libertad”. Véase también Deontology (Londres y Edimburgo, 1834, vol. 2, p. 59): “Pocas palabras hay que, junto con sus derivaciones, hayan causado más daño que el término libertad. Cuando quiere decir algo más que capricho y dogmatismo, significa buen gobierno; si el buen gobierno hubiese tenido la suerte de ocupar, en el ánimo público, el mismo lugar que ha ocupado la libertad, difícilmente se hubieran cometido los crímenes y locuras que han impedido o retrasado el avance político. La definición usual de la libertad —el derecho de hacer todo lo que la ley no prohíbe — evidencia con cuánta ligereza se usan las palabras en el discurso o la palabra escrita; porque si las leyes son malas, ¿qué será de la libertad? Y si son buenas, ¿qué utilidad tiene esta? Las buenas leyes son inteligibles y persiguen el logro de objetivos evidentemente útiles, por medios obviamente apropiados”» (p. 75, nota a pie de página número 16). 

Finalmente, la opinión de muchos pensadores franceses y los modernos representantes del positivismo jurídico, la documenta Hayek de este modo: «Véase, por ejemplo, Jean Salvaire, Autorité et liberté (Montpellier, 1932, pp. 65 y ss.), quien afirma que “la materialización total de la libertad no es otra cosa que la completa abolición de la ley… Ley y libertad son conceptos recíprocamente excluyentes» (p. 75, nota a pie de página número 17).