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No hay luz sin oscuridad, y la oscuridad ha sido creada tanto como la luz. [L- Strauss]

A punto de cumplirse el final de este milenio, todavía quedan muchas sombras pendientes en torno a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Eso no significa que hayan sido pocas las instituciones que en todos los niveles y ámbitos han potenciado la igualdad. Especialmente desde 1975 —declarado por Naciones Unidas: Año Internacional de la Mujer— se han desarrollado políticas y programas específicos para garantizar la igualdad. Sin embargo, no puede decirse que el balance en Occidente sea idéntico al de otros lugares del mundo, en los que la pobreza, la falta de recursos y, en otros casos, las tradiciones culturales, han motivado una interpretación de la igualdad que hace dudar de su propio contenido.

La igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres no es una cuestión aislada, ni pertenece sólo al debate de lo políticamente correcto. La igualdad reclama un diálogo abierto sobre la interpretación de los derechos sociales; una revisión de los roles culturales; una nueva lectura de los límites entre lo biológico y lo cultural y, en definitiva, una versión más acorde con la realidad de las relaciones humanas. La igualdad no resulta, por tanto, una cuestión exclusiva del grupo que se encuentra en desigualdad, sino más bien se trata de una situación que afecta a todo el grupo social, teniendo en cuenta su trayectoria histórica y el momento cultural en el que se vive.

Desde esta visión más amplia, no puede hablarse, en primer lugar, de un modelo único de mujer, en la medida en que las variaciones de contexto, perfiles y circunstancias facilitan una pluralidad que enriquece a la propia condición humana. En segundo lugar, la situación de desequilibrio respecto a las mujeres es una cuestión social que requiere revisar las políticas sociales con el fin de integrar a hombres y mujeres. Y, por último, no se trata de un problema puntual: en los diámetros de la globalización, no puede omitirse el debate Norte-Sur, en una cuestión como la igualdad, que tiene tantas influencias en todos los órdenes normativos. Todo este debate está reflejado en las discusiones en torno a la última Conferencia mundial sobre las mujeres, convocada por Naciones Unidas, en 1995, en China.

Como es sabido, allí se aprobaron dos textos: la Declaración de Beijing y la Plataforma de Acción, fruto del consenso mayoritario de todos los Estados respecto a la necesidad de incorporar a las mujeres a todos los ámbitos de la sociedad. Las doce áreas de actuación a las que hace referencia este último documento son un exponente de la ingente y necesaria aportación que se demanda a las mujeres, cuando va a comenzar el siglo XXI.

En 1999, se revisaron las dos últimas áreas de la Plataforma de Acción que quedaban pendientes: salud y mecanismos institucionales, probablemente dos de las áreas más conflictivas en las discusiones de China. Las diferencias entre el Norte y el Sur se hicieron patentes tanto en el marco ideológico y cultural como en el económico. Y, por primera vez, no fue posible la aprobación de unas conclusiones acordadas en estas dos materias. Después de largos debates y fuera de todo plazo, se consiguió un consenso cuya aprobación definitiva quedó sujeta a la decisión del Consejo Económico y Social.

PROBLEMAS DE CONSENSO EN LA SALUD

El capítulo de la Plataforma de Acción de Beijing dedicado a la salud fue uno de los más problemáticos en China. De hecho, es el capítulo que cuenta con mayor número de reservas y declaraciones interpretativas por parte de los Estados. Por ese motivo, en las sesiones de marzo de 1999 se acordó incluir en las conclusiones una nota a pie de página que remitiera al texto oficial en el que consta toda esa documentación.

Las conclusiones se estructuran con un pequeño preámbulo, seguido por las acciones que deben adoptar los gobiernos y los agentes que están involucrados en los procesos sanitarios. Dichas acciones están distribuidas en seis apartados, que incluyen el acceso a los servicios sanitarios, la salud sexual y reproductiva, las enfermedades transmitidas sexualmente, la salud mental, la salud medio ambiental y la investigación y formación en materia de salud.

El preámbulo contiene una referencia al texto de la Plataforma, que incluye las reservas al respecto; una llamada a tener en cuenta la relación de las cuestiones de salud de las mujeres con su situación en la sociedad; una propuesta para acelerar la aplicación de la Plataforma de Beijing y un reclamo a los Estados para tener en cuenta la recomendación 24 del Comité sobre eliminación de discriminación contra las mujeres, respecto al artículo 12 de la Convención de 1979, que se refiere precisamente a la salud de las mujeres. Este artículo establece el compromiso de los Estados para tomar las medidas necesarias que aseguren el acceso de las mujeres, en condiciones de igualdad, a servicios de atención médica, incluyendo los referentes a planificación familiar, así como la garantía de servicios apropiados relativos al embarazo, proporcionando cuando sea necesario una nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia.

La recomendación número 24 toma en consideración una visión amplia de los servicios sanitarios, que incluirían, obviamente, la salud reproductiva. El apartado 12 de este texto señala la importancia de tener en cuenta las necesidades de las mujeres, en algunos casos diferentes de las de los hombres, y especifica entre otros:

• Factores biológicos como la función reproductiva, la menstruación y la menopausia.
• Factores socioeconómicos, entre los que incluye las desiguales relaciones de poder entre mujeres y hombres en los lugares de trabajo y en el hogar familiar, así como las diferentes formas de violencia que afectan especialmente a la salud de las mujeres.
• Factores psicológicos, que incluyen la depresión en general y la depresión posparto en particular, así como otras condiciones psicológicas como los trastornos por alimentación: la anorexia y la bulimia.

A ello se añaden, en el mismo texto, las situaciones de mujeres con minusvalías y de todas las edades, así como las que tienen enfermedades mentales o son, por alguna razón, particularmente vulnerables.

Tras un análisis detallado de las consecuencias sanitarias que son diferentes para mujeres y hombres, se recomienda a los Estados la elaboración de estrategias que promuevan la salud de las mujeres a lo largo de todo su ciclo vital, incluyendo no sólo medidas de prevención, sino también presupuestos adecuados y recursos humanos suficientes para asumir esta demanda.

La recomendación, aprobada en las sesiones que el Comité celebró en enero y febrero de 1999, va más allá del texto de Beijing y, sin duda, supone el presupuesto de algunas de las afirmaciones contenidas en las conclusiones de marzo del 99.

En todo caso, sobre la base de la Plataforma de Acción, el texto de la Convención y la recomendación del Comité, las conclusiones de marzo tuvieron muchas dificultades para alcanzar el consenso.

Uno de los temas más difíciles de resolver fue el contenido de los servicios de atención primaria. Frente a una primera redacción que se refería al acceso a servicios de salud, seguida de la salud reproductiva, sexual y mental, el Grupo de los 77 —con la férrea oposición de la Unión Europea, Estados Unidos y Canadá— consiguió integrar una referencia expresa a la educación, agua limpia, sanidad segura, nutrición, alimento seguro e información sobre los programas de salud. Además se incluye de forma explícita el acceso a esos servicios para todas las mujeres a lo largo de todo el ciclo vital. Con ello, el Sur defendió una visión de la salud más amplia que el Norte, que integra la atención a las necesidades básicas.

Otra de las cuestiones problemáticas fue la inclusión, entre los métodos de control de la natalidad, de la contraconcepción de emergencia poscoital. Aunque se aseguró que no se entendía como un tratamiento abortivo, el G-77 tuvo muchas reticencias para aceptarlo. Finalmente, quedó consensuado un texto en el se incluye el condón femenino y otras prácticas de control, teniendo en cuenta el párrafo 96 de la Plataforma de Acción de Beijing, así como las reservas y declaraciones interpretativas al respecto.

Después de muchas discusiones, se consensuó también un apartado dedicado a las enfermedades de transmisión sexual, así como a la salud mental. Junto a la educación y formación en el campo sanitario, a propuesta también del Sur, se incluyó un último apartado dedicado al desarrollo y a la cooperación internacional en materia sanitaria.

Quedaron confirmadas las diferencias entre el Norte y el Sur en materia de salud. Es preciso tener en cuenta que las necesidades en materia de salud de algunos países no están relacionadas solamente con la salud sexual y reproductiva, sino con la atención a enfermedades básicas, que no tienen allí un tratamiento específico por falta de recursos.

A ello hay que añadir que la salud sexual y reproductiva sigue siendo un tabú en algunos lugares. Esa posición es, en unos casos, consecuencia de la cultura y, en otros, la respuesta a algunas formas de imperialismo que el Sur ha vivido y que ha tenido consecuencias muy negativas.

Al margen del análisis, lo cierto es que el texto de las conclusiones en materia de salud, se consensuó incluyendo las mismas reservas que en China. Como ya se ha dicho, no pudo ser aprobado en su momento por falta de acuerdo. Por ese motivo, hubo que esperar a la decisión final del Consejo Económico y Social.

MECANISMOS INSTITUCIONALES

La finalidad de este capítulo en Beijing fue subrayar el papel que desempeñan los mecanismos institucionales para asegurar las políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. No se trata sólo de establecer programas específicos dirigidos a asegurar esa igualdad, sino también de introducir ese principio de un modo transversal en todo el diseño, aplicación y seguimiento de las políticas, proyectos y programas públicos.

Desde la IV Conferencia se han llevado a cabo avances en este tema, pero no puede olvidarse que el mantenimiento o la creación de esos mecanismos reclama unos presupuestos y, por tanto, unos recursos con los que desgraciadamente no cuentan todos los territorios del planeta.

En este contexto, Canadá propuso en las sesiones de marzo de 1999 que, además de las conclusiones sobre este capítulo, se pudiera aprobar una resolución sobre «mainstreaming de género». Es decir, un texto en el que se alentara a todos los Estados a considerar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de modo horizontal en todas las políticas públicas. Para evitar la diversificación de objetivos, se consiguió llegar al acuerdo de integrar el texto de la resolución en las conclusiones. Esa propuesta fue el inicio de las dificultades.

Y es que no puede obviarse el que, mientras en algunos Estados la transversalidad es ahora el objetivo prioritario, en otros —especialmente en los del G-77— no cuentan todavía con recursos para mantener un mecanismo institucional que asegure las políticas de igualdad de oportunidades. Esas diferencias no tienen su origen de manera exclusiva en una visión ideológica diferente, sino también en la situación económica de muchos territorios. Por tanto, las discusiones en el capítulo señalado confirmaron una vez más las diferencias entre el Norte y el Sur.

Un largo etcétera de asuntos prolongó el debate y fue imposible aprobar las conclusiones en el plazo previsto, tal y como sucedió en materia de salud.

Finalmente, el Norte cedió en aras del consenso y se asumió de manera mayoritaria la redacción propuesta por los países del Sur. Lo cierto es que se pasó de una primera redacción en la que se incluían las acciones que debían realizar el Estado y la sociedad civil, a otra que incluía un apartado específico acerca de las actuaciones que obligan a las agencias de Naciones Unidas a promover el avance de la mujer y la igualdad de género, teniendo en cuenta que el papel de los mecanismos nacionales está condicionado por el contexto de cada Estado.

No es fácil en el ámbito de Naciones Unidas diseñar documentos que contemplen la pluralidad. En este caso, quizá la dificultad vino subrayada por una posición más fuerte por parte de los países del Sur, algo que no había sido habitual hasta ahora.

EL SIGLO QUE VIENE

Haber conseguido un texto consensuado en las dos áreas señaladas puede considerarse un logro, a pesar de que todavía sea necesario someterlo a la decisión final del Consejo Económico y Social. Con estos dos capítulos se cierra una página importante en las Naciones Unidas, puesto que culmina el proceso de repaso y seguimiento al contenido de la Plataforma de Acción de 1995.

La cuestión es ahora cómo va a funcionar Naciones Unidas a partir de este momento. Se ha decidido la celebración de una sesión especial en la Asamblea de Naciones Unidas en el año 2000.

Sin embargo, es necesario que se dé el tránsito del debate teórico a la realidad práctica. El diálogo acerca del mainstreaming (aplicación de políticas transversales de igualdad de oportunidades, no sólo específicas), la perspectiva de género y la equidad ha sido importante, pero la sociedad actual está demandando medidas prácticas por parte de sus respectivos gobiernos para asegurar que las mujeres no sólo se integren en el mercado laboral, sino que tengan garantizada —junto a los hombres— la flexibilidad de la jornada, la educación para la conciliación, la integración de los varones en actuaciones que culturalmente han sido femeninas, el repaso a las políticas sociales para asegurar la atención a personas dependientes, el acceso a la vivienda, etc. Esto confirma que no nos encontramos con un problema de «las mujeres», sino más bien con un problema que requiere una lectura social diferente, que debe ser consecuencia de un cambio en la interpretación de los roles; de una visión más amplia de la persona; y, sobre todo, de una perspectiva de las relaciones humanas en las que el punto de referencia no es la jerarquía, sino la dimensión de la igualdad, propia de la condición humana.

El primer escalón debe ser, por tanto, el diálogo. Eso implica escuchar otros modos de vida y entender planteamientos que antes no habían sido contemplados porque nadie los demandaba. Como ha señalado algún autor, la verdad es sinfónica. Y para que el mensaje de toda sinfonía pueda escucharse y la melodía resulte unánime, se requiere lo plural. Seguramente no existe una visión exclusiva acerca de las mujeres. Sólo desde la pluralidad puede entenderse la unidad de la persona. Por eso, integrar la dimensión del género en toda conducta humana facilita una versión más acorde de la realidad. No es solamente una estrategia política. Es una cuestión de respeto a lo real. Es ésa la dimensión que propone un siglo más humano, en el que probablemente la luz y la oscuridad son necesarias.

Catedrática acreditada de Filosofía del Derecho. UCM